Habilitación de Operador de Maquinaria de Infraestructuras ( OMI )
La habilitación de operador de maquinaria de infraestructura faculta a su titular para el desplazamiento, manejo y guiado del material rodante auxiliar específicamente habilitado para realizar trabajos en la infraestructura ferroviaria, incluyéndose, entre otros, la maquinaria de vía, los vehículos de socorro y los vehículos automóviles adaptados para circular por las vías.
Requisitos para la obtención de la habilitación de Operador de Maquinaria de Infraestructuras ( OMI )
Haber cumplido dieciocho años.
Contar, al menos, con el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o titulación equivalente a efectos laborales.
Para aquellos interesados cuyo idioma nativo no sea el castellano, acreditar un conocimiento suficiente del castellano que permita al aspirante el adecuado seguimiento del proceso formativo. La citada acreditación deberá realizarse mediante un certificado emitido por un centro de enseñanza de idiomas oficialmente reconocido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Los centros homologados de formación podrán, a los exclusivos efectos de la admisión, realizar a los interesados pruebas de evaluación de nivel lingüístico.
Acreditar antes del inicio de la formación, mediante certificado de aptitud psicofísica emitido por un centro homologado de reconocimiento las condiciones recogidas en el anexo II de la Orden FOM/2872/2010, de 5 de noviembre.
Carga lectiva | Enseñanza Teórica | Enseñanza Práctica | Nº Total horas |
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A ( Habilitación General ) | 120 h | 30 h | 150 h |
B (Habilitación general para personal que disponga de título o licencias y certificado de conducción de categoría A/B) | 64 h | 20 h | 84 h |