Habilitación de Encargado de Trabajos ( ET )
La habilitación de encargado de trabajos faculta a su titular para realizar las funciones correspondientes a actuaciones en vía bloqueada según se establece en la normativa ferroviaria vigente en materia de seguridad en la circulación, controlar y, en su caso dirigir, los trabajos que se lleven a cabo en la infraestructura ferroviaria o en sus proximidades, controlando a los pilotos de seguridad en la circulación en sus funciones de vigilancia de la infraestructura y protección de los trabajos sobre la misma en relación con la seguridad en la circulación.
Requisitos para la obtención de la habilitación de Encargado de Trabajos ( ET )
Haber cumplido dieciocho años.
Disponer del título de Bachiller o de un título de Técnico de Formación Profesional o equivalentes a efectos laborales o, en su defecto, acreditar una experiencia profesional de al menos cuatro años como Piloto de Seguridad ( PS ).
Para aquellos interesados cuyo idioma nativo no sea el castellano, acreditar un conocimiento suficiente del castellano que permita al aspirante el adecuado seguimiento del proceso formativo. La citada acreditación deberá realizarse mediante un certificado emitido por un centro de enseñanza de idiomas oficialmente reconocido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Los centros homologados de formación podrán, a los exclusivos efectos de la admisión, realizar a los interesados pruebas de evaluación de nivel lingüístico.
Acreditar antes del inicio de la formación, mediante certificado de aptitud psicofísica emitido por un centro homologado de reconocimiento las condiciones recogidas en el anexo II de la Orden FOM/2872/2010, de 5 de noviembre.
Carga lectiva | Enseñanza Teórica | Enseñanza Práctica | Nº Total horas |
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A ( Habilitación General ) | 164 h | 80 h | 224 h |
B (Especialidades ) | 32h | 32h |