La habilitación de auxiliar de cabina faculta a su titular para colaborar con el maquinista en la identificación y el cumplimiento de las órdenes de las señales y demás prescripciones de circulación que le afecten, así como la utilización del freno de emergencia e inmovilización del vehículo en casos de emergencia.
Carga lectiva mínima del titulo habilitante | |||
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ENSEÑANZA TEORICA | ENSEÑANZA PRÁCTICA | Nº TOTAL DE HORAS | |
A (Habilitación General) | 32 | 16 | 48 |
B (Habilitación ampliada para colaboración con el maquinista en líneas no equipadas) |
48 |
24 | 72 |
C (Formación complementaria para la ampliación de la habilitación general) | 16 | 8 | 24 |
D (Formación complementaria para la transición de habilitación de auxiliar de cabina general a la de habilitación de auxiliar de operaciones del tren con alcance de maniobras y ayuda en cabina) | 60 | 24 | 84 |
E (Formación complementaria para la transición de habilitación ampliada de auxiliar de cabina a la de habilitación de auxiliar de operaciones del tren con alcance de maniobras y ayuda en cabina) | 44 | 16 | 60 |