El personal de circulación que opere en la Red Ferroviaria de Interés General deberá disponer de una habilitación en vigor concedida de conformidad con lo dispuesto en este Título, por el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, a propuesta del responsable de la seguridad en la circulación del mismo.
¿Qué tipos de Habilitaciones de Circulación se establecen ?
Para el personal de circulación se establecen, en función del tipo de actividad que vaya a realizar, las habilitaciones siguientes:
- Responsable de circulación.
- Auxiliar de circulación.